miércoles, 8 de abril de 2009

DEFINICIÓN


LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD que tiene catalogada la ENFERMEDAD ALCOHÓLICA en el epígrafe 303 del glosario de enfermedades, entre las NO TRANSMISIBLES, ha sustituido el termino ALCOHOLISMO por el de SÍNDROME DE DEPENDENCIA DEL ALCOHOL, en la novena revisión de la Clasificación Internacional de Enfermedades y lo define como
..."un estado de cambio en el comportamiento de un individuo, que incluye, además de una alteración que se manifiesta por el consumo franco de bebidas alcohólicas una continuidad de este consumo de manera no aprobada en su ambiente socio-cultural, a pesar de las dolorosas consecuencias directas que puede sufrir como enfermedades físicas, rechazo por parte de la familia, perjuicios económicos, y sanciones penales... un estado de alteración subjetiva, en el que se deteriora el dominio de la persona dependiente, sobre su forma de beber, existe la urgencia de ingerir alcohol y se pone de manifiesto una IMPORTANCIA FUNDAMENTAL DEL ALCOHOL, en que el planteamiento de las ocasiones de beber, puede tener preferencia sobre resto de sus actividades. Además de estos cambios, se observa un estado de alteración psicobiológica, con signos y síntomas a la privación del alcohol. Ingestión de bebidas alcohólicas para lograr su alivio y aumento de la tolerancia..."
Informe del Comité de expertos de la OMS en la Serie de Informes técnicos núm. 650 ORGANIZACIÓN MEDIAL DE LA SALUD. GINEBRA 1.980